Procedimientos Judiciales Militares en la Guerra Civil y el franquismo (1936-1980)
El golpe de estado del 18 de julio de 1936 dio lugar a una Guerra Civil que se alargó hasta el 1 de abril de 1939. Durante esos años y hasta el final de la dictadura de Franco, se aplicó la Justicia Militar a los civiles.
Calculamos que en España se abrieron más de un millón de procedimientos judiciales militares entre 1937 y 1978, aunque no hay datos precisos. Hasta ahora hemos integrado en la base de datos más de medio millón de registros de consejos de guerra, de 19 provincias españolas. [*] Solo en Catalunya disponemos de datos de casi 70.000 y sabemos que a raíz de ellos se ejecutó a 3.362 personas, la última en el año 1975.
En Sumarísimos en femenino: Las mujeres represaliadas en Catalunya en datos explicamos que alrededor del ocho por ciento de los procedimientos judiciales de Catalunya, en concreto 5.502, se abrieron a mujeres, y que diecisiete de ellas fueron ejecutadas.
¿Qué eran los sumarísimos?
Los procedimientos judiciales militares, conocidos popularmente como sumarísimos, eran la única forma de justicia que se aplicó una vez finalizada la Guerra Civil. Se convirtieron en uno de los mayores instrumentos para articular la represión. Se iniciaban con una denuncia o la actuación de oficio de las fuerzas policiales. La Autoridad Militar era la responsable del procedimiento desde las primeras diligencias hasta la ejecución de la sentencia.
Los testimonios e informes de la Falange –el partido único nacionalsindicalista–, la Guardia Civil o el ayuntamiento eran decisivos. Mientras se instruían diligencias, las personas encausadas podían estar detenidas o encarceladas durante años sin ningún conocimiento de por qué habían sido arrestadas ni garantías procesales como: legalidad de la detención, presunción de inocencia, igualdad ante la ley o derecho a asistencia en su defensa.
Si se decidía hacer un juicio, se constituía un Consejo de Guerra [un tipo de procedimiento judicial militar de caracter sumario]. En Catalunya se hicieron 60.561 entre 1937 y 1978, según nos revelan los datos. En la mayoría de casos se juzgaba una causa acumulada, es decir, un grupo de acusados y acusadas que a veces no tenía ninguna relación entre sí. El abogado defensor era siempre un militar -al menos hasta 1944-, que tenía acceso al sumario uno o dos días antes del juicio.
Los consejos de guerra se celebraban en forma de audiencia pública. En Catalunya, tenían lugar por ejemplo en el Gobierno Militar de Barcelona y también en Terrassa, Manresa, Mataró, Vic y otros lugares. Se crearon las Auditorías de Girona y Tarragona, comprendiendo esta última también la provincia de Lleida.
Una vez celebrado el Consejo de Guerra, la sentencia llegaba al auditor de guerra, que tenía que aprobarla, y al juez militar permanente, que se encargaba de aplicar la sentencia una vez ratificada por la Autoridad Militar superior. En los casos de pena de muerte, el capitán general o el propio general Franco, tenía que transmitir “el enterado”.
Explorad qué procedimientos hay de diversas comunidades autónomas en la base de datos centralizada de Guerra Civil y franquismo.
[*] Actualizado en abril 2022. En el momento de publicación de este artículo, teníamos 485.136 registros de este tipo de procedimientos de 11 provincias españolas.
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Foto: Cárcel Modelo, septiembre 1941. Arxiu Pérez de Rozas, Arxiu Fotogràfic de Barcelona.